Dirección de Administración y Finanzas

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

 

Misión

ARTICULO 21-  La Dirección de Administración y Finanzas tiene como Misión garantizar que la Alcaldía cuente con los recursos materiales y financieros que le permitan el desarrollo efectivo de su gestión, en la cantidad, calidad y oportunidad necesaria.

Dependencia y estructura

ARTICULO 22.-  La Dirección de Administración y Finanzas mantiene dependencia directa con el Director o Directora  General y cuenta con la siguiente estructura:

 

-          Coordinación de Contabilidad

-          Coordinación de Planificación y Presupuesto

-          Coordinación de Compras y Suministros

-          Coordinación de Tesorería

-          Coordinación de Servicios Generales

Funciones

ARTICULO 23.-   La Dirección de Administración y Finanzas, tiene las siguientes funciones:

1.- Cumplir y hacer cumplir las políticas administrativas y financieras que dicte el Alcalde o Alcaldesa.

2.- Coordinar efectivamente la ejecución del presupuesto de gastos asignados a los diferentes cuentadantes de la Alcaldía.

3.- Registrar la información acerca de la ejecución del presupuesto, controlando los compromisos presupuestarios y la ordenación de los respectivos pagos.

4.- Llevar Registro de Proveedores y Contratistas, debidamente actualizado.

5.- Coordinar el proceso de contrataciones públicas, con la Comisión designada al efecto, conforme a las normas y procedimientos establecidos sobre la materia.

6.- Mantener supervisión y control del Inventario de Bienes asignado a las diferentes Dependencias de la Alcaldía.

7.- Aplicar el Sistema de Contabilidad Publica en todas las operaciones económicas y financieras que se realicen, facilitando el ejercicio del control y la auditoría interna.

8.- Emitir permanentemente, reportes con información oportuna y veraz acerca de la situación presupuestaria y financiera de la Alcaldía, que permitan a los funcionarios y funcionarias competentes, la toma de decisiones.

9.- Ejecutar los actos administrativos que le hayan sido delegados por el Alcalde o Alcaldesa, mediante Resolución publicada en Gaceta Municipal.

10.- Firmar y autorizar todos los pagos emitidos por las Oficinas a su cargo, velando porque las operaciones se realicen de manera eficiente y oportuna.

11.- Planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que deben cumplir las oficinas a su cargo.

12.- Adoptar las medidas necesarias para la custodia, control y manejo sistemático de los recursos financieros y valores del Tesoro Municipal, producto de los ingresos municipales ordinarios  y extraordinarios, así como los aportes especiales.

13.- Establecer un sistema de control interno y de rendición de cuentas de las operaciones y resultados.

14.- Presentar informes de gestión de la Dirección.

15.- Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa.

Yare cambio Para siempre....
 
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